°. Ampliar hasta el día 31 de octubre de 1998, los plazos establecidos en el Decreto 3049 del 23 de diciembre de 1997, para la presentación y pago de las declaraciones tributarias de Retención en la Fuente del mes de septiembre de 1998, por parte de los agentes retenedores cuyos últimos dígitos del NIT terminen en 1 ó 2, 3 ó 4, 5 ó 6, 7 u 8 y 9 ó 0 y que se encuentren ubicados en aquellos municipios del país donde la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero funciona como única Entidad Autorizada para Recaudar.
Article 1
Ampliar Hasta El Día 31 De Octubre De 1998, Los Plazos Establecidos En El Decreto 3049 Del 23 De Diciembre De 1997, Para La Presentación Y Pago De Las Declaraciones Tributarias De Retención En La Fuente Del Mes De Septiembre De 1998, Por Parte De Los Agentes Retenedores Cuyos Últimos Dígitos Del Nit Terminen En 1 Ó 2, 3 Ó 4, 5 Ó 6, 7 U 8 Y 9 Ó 0 Y Que Se Encuentren Ubicados En Aquellos Municipios Del País Donde La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero Funciona Como Única Entidad Autorizada Para Recaudar
Decreto 2118 de 1998 · por el cual se amplían los plazos para la presentación de declaraciones tributarias correspondientes a la declaración mensual de la Retención en la Fuente del mes de septiembre de 1998, en aquellos municipio del país donde únicamente opere como Entidad Autorizada para Recaudar la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero.
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