°. Requisitos. El Ministerio de Salud y Protección Social deberá definir los términos, requisitos y formatos que las entidades recobrantes, reclamantes y personas naturales deberán cumplir y diligenciar para la aplicación por una única vez del mecanismo dispuesto en el
del artículo 13 del Decreto Ley 1281 de 2002, adicionado por el artículo 111 del Decreto-Ley 19 de 2012.