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Article 2.2.1.1.1

A

Decreto 1073 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía.

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01

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Repealed

A.4.4 . Conformación de los Subcomités Intersectoriales Técnicos y Científicos. Se conformarán los Subcomités Intersectoriales Técnicos y Científicos como instancias técnicas de la Comisión Intersectorial de Acompañamiento Técnico y Científico, según se enumeran a continuación, junto con sus miembros: Salud

1.

Un delegado del Ministro de Salud y Protección Social, quien lo liderará.

2.

Un delegado del Ministro de Minas y Energía.

3.

El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado.

4.

El Director del Departamento Administrativo Nacional de Estadística o su dele­gado.

5.

El Director del Instituto Nacional de Salud o su delegado. Sismicidad, Hidrogeología y Normatividad Técnica: 1. Un delegado del Ministro de Minas y Energía, quien lo liderará. 2. El Director del Servicio Geológico Colombiano o su delegado. 3. Un delegado del Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible. 4. El Presidente de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, o su delegado. 5. El Director del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales o su delegado.

6.

El Director de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales o su delegado. Aguas Superficiales, Ecosistemas y Biodiversidad: 1. Un delegado del Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, quien lo liderará. 2. Un delegado del Ministro de Minas y Energía. 3. Un delegado del Ministro de Salud y Protección Social. 4. El Director de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales o su delegado. 5. El Presidente de la Agencia Nacional de Hidrocarburos o su delegado. 6. El Director del Instituto Alexander von Humboldt o su delegado.

7.

El Director del Servicio Geológico Colombiano o su delegado. Social y de Transparencia: 1. Un delegado del Ministro de Interior, quien lo liderará. 2. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República o su delegado. 3. Un delegado del Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible. 4. Un delegado del Ministro de Minas y Energía. 5. El Presidente de la Agencia Nacional de Hidrocarburos o su delegado. 6. El Director de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales o su delegado.

Parágrafo

Los Subcomités Intersectoriales Técnicos y Científicos invitarán a los organismos de control para que hagan parte de sus sesiones. Adicionalmente, podrán invitar a las entidades públicas, privadas, educativas, científicas, gremios o asociaciones, entre otras, que puedan ser de ayuda en el cumplimiento de sus funciones. Cada subcomité deberá designar un invitado permanente vinculado a una universidad acreditada. En el caso del Subcomité Intersectorial Técnico y Científico - Social y de Transparencia, y sin perjuicio de los invitados que sean llamados a participar en el mismo, será un invitado permanente el Departamento Administrativo Nacional de Estadística.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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