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Article 43

Ley 35 de 1977 · Sobre Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o. de enero al 31 de diciembre de 1978.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Todo pago de aportes para desarrollo por Acción Comunal deberá hacerse por conducto, en Bogotá, de la Tesorería General de la República y, regionalmente, de las Administraciones y Recaudadores de Impuestos Nacionales de los respectivos Municipios, quienes, además se los requisitos de que trata el artículo anterior, exigirán la cuenta de cobro y copia autenticada del acta de elección de la Junta Directiva.

Parágrafo

Cuando se trate de partidas apropiadas para obras varías por Acción Comunal, estas serán determinadas por la Junta de Acción Comunal favorecida, de común acuerdo con el Promotor Regional o el Alcalde del Municipio correspondiente, previamente a la inversión de los fondos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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