JurídicoESEN

Article 1

Desde La Fecha Del Presente Decreto Los Ayudantes De Los Inspectores De Petróleos, Los Inspectores Del Trabajo, Los Inspectores De Baldíos, Bosques Nacionales Y Agua De Uso Público, El Ingeniero Civil De La Comisión De Colonización El Ingeniero Agronomo, El Jefe De Comisión Y El Habilitado Proveedor De La Misma, Los Agronomos Regionales, Los Veterinarios Ambulantes Y Los Inspectores De Sanidad Pecuaria, Tendrán Derecho A Viáticos A Razón De Cinco Pesos Diarios Cuando Estuvieren Fuera De La Capital De La República En El Lugar O Zona Que El Gobierno Les Haya Asignado

Decreto 1739 de 1928 · Por el cual se reglamenta el pago de viáticos y sueldos de los empleados del ministerio de industrias que prestan sus servicios fuera de la capital de la republica

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° Desde la fecha del presente decreto los ayudantes de los Inspectores de Petróleos, los Inspectores del Trabajo, los inspectores de Baldíos, bosques nacionales y agua de uso público, el ingeniero Civil de la Comisión de Colonización el Ingeniero Agronomo, el Jefe de comisión y el Habilitado proveedor de la misma, los Agronomos Regionales, los Veterinarios Ambulantes y los Inspectores de Sanidad Pecuaria, tendrán derecho a viáticos a razón de cinco pesos diarios cuando estuvieren fuera de la capital de la República en el lugar o zona que el Gobierno les haya asignado.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1739 de 1928