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Article 3

Decreto 648 de 2001 · por el cual se reglamenta la inversión de los excedentes de liquidez de las empresas industriales y comerciales del Estado y de las sociedades de economía mixta con régimen de aquellas dedicadas a actividades no financieras y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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º . Criterios para la selección de los agentes . Para la selección de los agentes a que se refiere el numeral 1 del artículo 2º de este decreto se tendrá en consideración, como mínimo, lo siguiente

a)

Que dichos agentes se encuentren legalmente facultados para realizar la administración de dichos recursos;

b)

Que dichos agentes estén específicamente calificados en la actividad de administración de recursos o de fondos por al menos una firma calificadora debidamente autorizada;

c)

Que las calificaciones superen los mínimos establecidos en las políticas promulgadas por la respectiva entidad, en cumplimiento de lo previsto en el presente decreto.

Parágrafo

Cuando se entreguen recursos en administración, las entidades deberán determinar las políticas, parámetros y criterios para el manejo de los recursos por parte del contratista administrador, incluida la obligatoriedad para este último de realizar las operaciones a través de sistemas transaccionales y/o mecanismos de subasta, con sujeción a lo establecido en el presente Decreto; así como evaluar la conveniencia por parte de la entidad de contratar una auditoría externa.

02

Constitutional history

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