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Article 9

º

Decreto 966 de 1994 · por el cual se reglamenta el Consejo Técnico Asesor de Política y Normatividad Ambientales del Ministerio del Medio Ambiente y se dictan otras disposiciones

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01

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º . El Consejo contará con una secretaría técnica integrada por dos (2) profesionales de alto nivel técnico y amplia experiencia, los cuales serán nombrados por el Ministro del Medio Ambiente. Son funciones de la Secretaría Técnica las siguientes: - Convocar al Consejo por solicitud del Ministro o del Viceministro. - Revisar, resumir, evaluar y conceptuar los documentos que deben ser analizados por el Consejo con el fin de cumplir sus funciones. - Elaborar las actas de las reuniones del Consejo. - Elaborar y presentar al Ministro del Medio Ambiente un informe anual de actividades del Consejo. - Representar al Consejo por solicitud del Viceministro del Medio Ambiente en las audiencias públicas sobre licencias ambientales de proyectos de competencia del Ministerio. - Recopilar y elaborar información técnica que aporte los conceptos emitidos por el Consejo. - Las demás funciones que el Viceministro del Medio Ambiente le asigne.

02

Constitutional history

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