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Article 164

Procedencia

Ley 836 de 2003 · por la cual se expide el reglamento del Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Cuando la falta investigada sea gravísima, la autoridad que ordenó la investigación o el investigador podrán solicitar al Ministro de Defensa, si se trata de oficiales y al Comandante de la Fuerza si son suboficiales, la suspensión provisional de la persona que esté siendo investigada, hasta por dos (2) meses, prorrogables hasta por un (1) mes más, siempre y cuando existan serios elementos de juicio que permitan establecer que la permanencia en el cargo, función o servicio, facilita la interferencia del presunto infractor en el trámite normal de la investigación, o que hay posibilidades de que la conducta continúe o sea reiterada.

Parágrafo

El auto que solicite la suspensión provisional y la resolución que la ordene, serán de vigencia inmediata y motivados. De ellos deberá informarse a la Jefatura de Recursos Humanos de la respectiva Fuerza inmediatamente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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