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Article 5

Ley 37 de 1932 · Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre asuntos bancarios y financieros

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Text of the article

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Para los efectos del artículo 3°, todo acreedor que tenga derecho a exigir el cumplimiento de una obligación en dinero, de las comprendidas en esta Ley, podrá presentarse personalmente o por medio de apoderado ante un Juez, manifestando que está dispuesto a hacer a su deudor la reducción establecida en el artículo 3° de esta Ley y a aceptar en pago las cédulas y bonos de que allí se trata. Si la manifestación se hiciere verbalmente, se dejará constancia de ella en una diligencia que firmarán el Juez, el acreedor o su apoderado, debidamente autorizado, y el Secretario.

El deudor, a su vez podrá requerir al acreedor en cualquier tiempo, y dentro del término previsto para la suspensión de la actuación, o sea hasta el treinta y uno de diciembre de mil novecientos treinta y cinco (1935), a fin de que manifieste si está dispuesto a allanarse a la reducción y a las formas de pago contempladas en el artículo 3°

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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