El certificado y la tarjeta son los documentos que habilitan y acreditan al Administrador de Empresas para el ejercicio legal de la profesión, al tenor de lo dispuesto por la Ley 60 de 1981 y del presente Decreto. El certificado y la tarjeta profesional, serán entregadas al Interesado por la Secretaría del Consejo Profesional de Administración de Empresas.
En los casos de deterioro o pérdida del certificado o de la tarjeta profesional, previa solicitud y comprobación del hecho, se expedirá a costa del interesado el duplicado respectivo. CAPITULO IV. De las sanciones.