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Article 2

Excluir Del Pago Del Impuesto Al Valor Agregado, La Importación De Las Mercancías Clasificables En Las Subpartidas Arancelarias Relacionadas En El Artículo Anterior

Decreto 1727 de 1993 · por el cual se establece un tratamiento especial y transitorio en materias tributaria y aduanera, aplicable a las cooperativas conformadas por los grupos guerrilleros desmovilizados.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° Excluir del pago del impuesto al valor agregado, la importación de las mercancías clasificables en las subpartidas arancelarias relacionadas en el artículo anterior.

Parágrafo

La exclusión de que trata el presente artículo, se aplicará a la importación de vehículos nuevos o no usados que clasifiquen en las subpartidas arancelarias señaladas, siempre que ésta se realice por empresas o cooperativas de transporte colectivo creadas por grupos guerrilleros desmovilizados o a las cuales éstos se hayan vinculado, o por los propios guerrilleros desmovilizados. El anterior beneficio se aplicará por una sola vez y la importación, cuando se trate de empresas o cooperativas, deberá efectuarse exclusivamente para los guerrilleros desmovilizados que de ella hacen parte y no para los demás asociados.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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