° Los mensajeros de las líneas Bogotá-Girardot y Bogotá-Puerto Liévano dependerán directamente de la Administración de Correos de Bogotá; los de la línea Girardot-La Dorada, dependerán de la Administración de Correos de Girardot; el mensajero de Ibagué a Buenos Aires dependerá de la Administración Principal de Correos de Ibagué; los mensajeros dé la línea Bucaramanga-Puerto Wilches dependerán de la Administración Principal de Correos de Bucaramanga; el mensajero de la línea Cartagena-Calamar, dependerá de la Agencia Postal de Cartagena, y el mensajero de la línea Santa Marta-Fundación, dependerá de la Agencia Postal de Santa María.
Article 3
Los Mensajeros De Las Líneas Bogotá-Girardot Y Bogotá-Puerto Liévano Dependerán Directamente De La Administración De Correos De Bogotá; Los De La Línea Girardot-La Dorada, Dependerán De La Administración De Correos De Girardot; El Mensajero De Ibagué A Buenos Aires Dependerá De La Administración Principal De Correos De Ibagué; Los Mensajeros Dé La Línea Bucaramanga-Puerto Wilches Dependerán De La Administración Principal De Correos De Bucaramanga; El Mensajero De La Línea Cartagena-Calamar, Dependerá De La Agencia Postal De Cartagena, Y El Mensajero De La Línea Santa Marta-Fundación, Dependerá De La Agencia Postal De Santa María
Decreto 40 de 1935 · POR EL CUAL SE ORGANIZAN VARIAS LÍNEAS DE CORREOS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA
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