º El Gerente del Ferrocarril Central del Norte, secciones segunda y sur, o el Jefe de la estación del Sur, en Bogotá, por delegación de aquél, ordenará el transporte gratuito de los víveres, materiales y demás elementos necesarios para el sostenimiento de los asilados de la colonia de mendigos del Hospicio y demás dependencias en Sibaté, mediante certificado del Síndico del establecimiento, que exprese el destino, calidad, cantidad o peso y número de los bultos materia del transporte.
Article 9
El Gerente Del Ferrocarril Central Del Norte, Secciones Segunda Y Sur, O El Jefe De La Estación Del Sur, En Bogotá, Por Delegación De Aquél, Ordenará El Transporte Gratuito De Los Víveres, Materiales Y Demás Elementos Necesarios Para El Sostenimiento De Los Asilados De La Colonia De Mendigos Del Hospicio Y Demás Dependencias En Sibaté, Mediante Certificado Del Síndico Del Establecimiento, Que Exprese El Destino, Calidad, Cantidad O Peso Y Número De Los Bultos Materia Del Transporte
Decreto 1694 de 1931 · Por el cual se reglamentan las exenciones de fletes en los ferrocarriles nacionales
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