JurídicoESEN

Article 15

Decreto 1298 de 1962 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Superintendencia Nacional de Notariado y Registro

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Son funciones del Superintendente Nacional de Notariado y Registro:

a)

. Representar legalmente a la Superintendencia y tomar las medidas necesarias para el cumplimiento de los fines de ella;

b)

. Delegar esa representación de acuerdo con la ley y los reglamentos;

c)

. Ejecutar los acuerdos del Consejo Directivo;

d)

. Presentar al Consejo los proyectos de acuerdo, para la buena marcha de la entidad;

e)

. Proveer los cargos de la Superintendencia con aprobación del Consejo;

f)

. Celebrar los contratos a nombre de la Superintendencia con las limitaciones antes dichas;

g)

. Presentar al Consejo Directivo el proyecto de acuerdo, relacionado con el presupuesto anual de la institución;

h)

. Preparar los proyectos de ley, de decretos o de reglamentos, relacionados con el notariado y registro;

i)

. Dictar las normas, órdenes e instrucciones necesarias para el buen funcionamiento de la Superintendencia, dentro de la ley y de los reglamentos;

j)

. Adquirir para la Superintendencia los bienes, muebles o inmuebles que determine el Consejo Directivo, la ley o los reglamentos;

k)

. Hacer cumplir los programas de inversiones y adquisiciones para el correcto funcionamiento de la entidad, de las Notarias y de las Oficinas de Registro del país;

l)

. Ejercer por medio de sus subalternos la vigilancia y control de las Notarias y Oficinas de Registro, procurar la fundación de cursos y bibliotecas para el mejoramiento del personal vinculado al servicio publico, preparar los proyectos de reforma de las leyes sobre la materia, absolver las consultas que se formulen a la Superintendencia, propender por el mejoramiento y moralización del personal de las Notarias y Oficinas de Registro, intervenir para que las oficinas donde se prestan los servicios estén debidamente dotadas y en condiciones de seguridad, velar por la conservación de los archivos, orientar la formación y el funcionamiento de los Colegios de Notarios y Registradores, controlar el ejercicio arancelario, ejecutar el presupuesto, organizar el recaudo de las sumas que por cualquier concepto deban ingresar al tesoro de la Superintendencia, exonerar de contribuciones a las Oficinas de Registro que produzcan menos de $2.000.00 mensuales, brutos, subsidiar equitativamente a las oficinas del servicio, aprobar las nóminas del personal subalterno y sus asignaciones respectivas,

m)

. Aplicar las sanciones disciplinarias a los funcionarios de Notariado y de Registro, en los términos de la Ley;

n)

. Resolver los recursos y solicitudes formuladas ante el propio Superintendente;

ñ). Disponer la tramitación de los recursos de apelación que deban surtirse ante el Consejo Directivo;

o)

. Realizar inversiones estadísticas sobre las necesidades del servicio;

p)

. Nombrar el personal de la Superintendencia;

q)

. Recibir los informes anuales de los Jefes de Sección.

Financiación y destinación

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1298 de 1962