Establécese en la suma de $1.000.000.000.000 el monto de los recursos destinados a audiencias públicas para agua potable y saneamiento básico, suma que se distribuirá conforme a lo establecido en el artículo anterior. Para tal efecto, el Gobierno Nacional ajustará el Plan de Inversiones de que trata el artículo 7°, sin que ello implique incremento en su monto ni afecte las partidas calificadas como regionalizables. 400.000 millones de pesos adicionales se destinarán a nuevos proyectos que presentarán las entidades territoriales de acuerdo con criterios de equidad y racionalización que defina el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial.
Ley 1151 de 2007 →Amended
Article 94
Recursos Destinados A Audiencias Públicas De Agua Potable Y Saneamiento Básico
Ley 1151 de 2007 · por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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