º. Expedición de Reglamentos Técnicos . Los Ministerios competentes para reglamentar las diferentes actividades relacionadas con el gas natural comprimido para uso vehicular, expedirán los Reglamentos Técnicos respectivos y determinarán los requisitos obligatorios que deben cumplirse en cada una de ellas.
Hasta tanto no se expidan los Reglamentos Técnicos pertinentes, seguirá vigente la Resolución 8 0582 de 1996 expedida por el Ministerio de Minas y Energía, en aquellas partes que no sean contrarias a las disposiciones contenidas en este decreto.