JurídicoESEN

Article 11

Decreto 827 de 1986 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 2062 de 1984, Reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

CAMBIO DE CLASIFICACIÓN PARA OFICIALES Y SUBOFICIALES. Los Oficiales y Suboficiales en servicio activo que reúnan las condiciones señaladas en el artículo 24 del Decreto 2062 de 1984, para cambiar a la clasificación de los Servicios, deberán elevar la correspondiente solicitud a la Dirección General de la Policía Nacional, acreditando el lleno de tales condiciones y de los siguientes requisitos específicos

a)

Estar clasificado en lista número uno (1) o dos (2) durante los tres últimos años de su carrera;

b)

Encontrarse dentro de los límites de edad, establecidos para el respectivo grado en el artículo 119 del Decreto 2062 de 1984;

c)

Presentar el título profesional correspondiente con el acta de grado;

d)

Concepto favorable de la Dirección General de la Policía Nacional para el Suboficial y aprobación de la Junta Asesora de la Policía Nacional Para el Oficial.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 827 de 1986