JurídicoESEN

Article 3

Decreto 583 de 1943 · Por el cual se destina una partida para la Campaña Antituberculosa

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Artículo tercero. destínanse las siguientes sumas para los auxilios y gastos de la Campaña Antituberculosa, que se indica a continuación: Para compra e instalación de un aparato de Rayos X, con; destino al Dispensario Antituberculoso de Manizales 5.400 00 Para auxiliar el sostenimiento del Dispensario y Pabellón Antituberculoso de Tuluá, suma que se entregará al Tesorero Departamental del Valle del Cauca, mensualmente desde enero del presente año 750.00 Para auxiliar la Liga Antituberculosa Colombiana, suma que se entregará al Tesorero de la misma, mensualmente desde enero del presente año 1.000.00 Papa, auxiliar el sostenimiento de camas para niños en el Pabellón Antituberculoso del Hospital de la Misericordia de Bogotá, suma que se entregará al Tesorero de la Liga Antituberculosa Colombiana, mensualmente desde enero del presente año 300.00 Para provisión de repuestos de aparatos de Rayos X para los diversos dispensarios, servicio técnico de reparación de los mismos, etc. 4.000 00

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 583 de 1943