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Article 12

La Alta Consejería Presidencial Para La Prosperidad Social, Tendrá Las Siguientes Funciones: 1

Decreto 3445 de 2010 · por el cual se crean unas Altas Consejerías en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

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La Alta Consejería Presidencial para la Prosperidad Social, tendrá las siguientes funciones

1.

Asesorar al Presidente de la República y actuar como agente catalizador para el cumplimiento de los objetivos y metas en áreas estratégicas para la prosperidad social, en especial en la atención integral a la primera infancia, la erradicación de la pobreza, la protección a las poblaciones vulnerables, el emprendimiento, y la inversión social.

2.

Liderar, con las entidades y organismos competentes, la formulación de las políticas y planes dirigidos a la prosperidad social, de conformidad con los lineamientos que imparta el Presidente de la República.

3.

Facilitar el cumplimiento de las políticas y planes dirigidos a la prosperidad social mediante acciones tendientes a asegurar una planeación, ejecución y evaluación adecuadas y estratégicas dentro de los organismos y entidades relevantes, así como con la comunidad.

4.

Hacer seguimiento a la gestión adelantada por los organismos y entidades que cumplan funciones dirigidas a la prosperidad social, de cara a asegurar el cumplimiento de las metas del Plan Nacional de Desarrollo, apalancándose en los entes y sistemas de monitoreo y evaluación del Gobierno.

5.

Asesorar e informar al Presidente de la República sobre el desempeño de los organismos y entidades que cumplan funciones relacionadas con la prosperidad social.

6.

Identificar y gestionar oportunidades de coordinación y articulación entre actores públicos, privados y sociales para promover inversiones sociales estratégicas, contribuir a generar espacios de diálogo que promuevan una mayor participación de los ciudadanos más vulnerables en los procesos de desarrollo locales.

7.

Adelantar, promover y apoyar gestiones encaminadas a la consecución de recursos de cooperación nacional e internacional, en coordinación con Acción Social y el Ministerio de Relaciones Exteriores, para la ejecución de la política de prosperidad social, así como procurar por el manejo estratégico de dichos recursos.

8.

Proponer, y hacerle seguimiento a la puesta en marcha de mecanismos de fortalecimiento institucional de las agencias sociales del Estado que cumplan funciones relacionadas a las metas de prosperidad social del Plan Nacional de Desarrollo.

9.

Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de la República.

02

Constitutional history

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