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Article 6

Ley 48 de 1937 · Por la cual se modifican las Leyes 81 de 1931; 8ª, 53 y 78 de 1935, 63 de 1936, y se dictan algunas disposiciones sobre la Caja Colombiana de Ahorros y sobre defensa del café

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Autorízase el Gobierno para contratar con la sección Fiduciaria, de alguno de los Bancos Nacionales la administración y venta de las casas e inmuebles que posee el Estado, o que adquiere en el futuro, por concepto de las responsabilidades o remates a deudores del Tesoro Público, siempre que tales bienes no sean utilizables para servicios nacionales. Los productos de las ventas y de los arrendamientos, deducidos los gastos, ingresarán a fondos comunes.

Parágrafo

La venta no podrá hacerse por un precio inferior al que señalen peritos designados por el Consejo de Estado para cada caso.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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