ARTICULO 12. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General del Presupuesto- comunicará a las entidades el valor que en el Presupuesto General de la Nación para cada vigencia fiscal ha sido redistribuido al sector salud y la fecha en que deberán hacer las consignaciones en la Dirección General de Tesorería.
Article 12
El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público -Dirección General Del Presupuesto- Comunicará A Las Entidades El Valor Que En El Presupuesto General De La Nación Para Cada Vigencia Fiscal Ha Sido Redistribuido Al Sector Salud Y La Fecha En Que Deberán Hacer Las Consignaciones En La Dirección General De Tesorería
Decreto 3106 de 1990 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1991, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.
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