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Article 22

Decreto 299 de 1995 · por el cual se regula la aplicación de derechos "antidumping" y derechos compensatorios.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Derechos definitivos . Cuando se hubiere establecido un derecho "antidumping", o un derecho compensatorio definitivo, ese derecho se percibirá en las cuantías señaladas en la resolución que los fije, cualquiera que sea el importador, sobre las importaciones de ese producto respecto de las cuales se haya concluido que se efectúan a precio de "dumping", o con subvenciones y que causan perjuicio a una producción en Colombia. El Ministerio de Comercio Exterior, previo concepto del Comité de Prácticas Comerciales, adoptará la decisión más conveniente a los intereses del país y podrá determinar que el derecho "antidumping" o el compensatorio sea inferior al margen de "dumping", o a la cuantía de la subvención, si un monto inferior es suficiente para eliminar el perjuicio.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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