°. Cumplidos los trámites de que trata el artículo anterior, el INTRA de acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 94 y 95 del Decreto Extraordinario 1344 de 1970, procederá por conducto de las Direcciones de Tránsito a disponer la modificación de la tarjeta de propiedad del vehículo a fin de incluir como característica del mismo la calidad de "blindado" y dentro de las limitaciones a la propiedad, la de que todo traspaso, préstamo de uso, o enajenación a cualquier título, relacionados con dicho vehículo requerirán la aprobación previa del Ministerio de Defensa Nacional,
Article 8
Cumplidos Los Trámites De Que Trata El Artículo Anterior, El Intra De Acuerdo Con Lo Dispuesto En Los Artículos 94 Y 95 Del Decreto Extraordinario 1344 De 1970, Procederá Por Conducto De Las Direcciones De Tránsito A Disponer La Modificación De La Tarjeta De Propiedad Del Vehículo A Fin De Incluir Como Característica Del Mismo La Calidad De "blindado" Y Dentro De Las Limitaciones A La Propiedad, La De Que Todo Traspaso, Préstamo De Uso, O Enajenación A Cualquier Título, Relacionados Con Dicho Vehículo Requerirán La Aprobación Previa Del Ministerio De Defensa Nacional,
Decreto 737 de 1979 · Por el cual se reglamenta la adquisición, uso, enajenación y empleo de vehiculos automotores blindados o con protección antibalas
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