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Article 4

Modifíquense Los Numerales 1 Y 2 Del Artículo 2

Decreto 1233 de 2020 · por el cual se modifica el Decreto número 1068 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en lo relacionado con la cobertura del Programa FRECH NO VIS.

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01

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°. Modifíquense los numerales 1 y 2 del artículo 2.10.1.7.1.4. del Decreto número 1068 de 2015, el cual quedará así: “1. Financiación objeto de la cobertura: Créditos de vivienda o contratos de leasing habitacional que otorguen los establecimientos de crédito o las cajas de com¬pensación familiar para financiar el acceso a una vivienda urbana nueva en los términos indicados en el

Parágrafo 2

del artículo 2.10.1.7.1.2. de este decreto. En cualquier caso, no se considerarán elegibles para efectos de la cobertura los siguientes créditos de vivienda o contratos de leasing habitacional: 1.1. Los otorgados para la reparación, subdivisión o ampliación del inmueble; 1.2. Los originados en las reestructuraciones, refinanciaciones o consolidaciones”. “2. Fecha de desembolso: Créditos de vivienda que se desembolsen o contratos de leasing habitacional que inicien a partir del 10 de septiembre de 2020 y que no podrán ir en ningún caso, más allá del 31 de diciembre de 2022 o hasta el agota¬miento del número de coberturas dispuestas para cada vigencia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2.10.1.7.2.4. de este decreto”.

02

Constitutional history

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