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Article 3

El Valor En Moneda Legal Colombiana De La Uvr Cambiará Diariamente Desde El Día 16 De Un Determinado Mes Calendario Hasta El Día 15 Del Mes Calendario Inmediatamente Posterior, Con Base En La Variación Mensual Del Índice De Precios Al Consumidor Certificada Por El Dane Para El Mes Previo Al Del Inicio De Su Aplicación, De Acuerdo Con La Siguiente Fórmula: Parágrafo: Fíjese En Cien Pesos ($100) Moneda Legal Colombiana, El Valor De La Uvr El Día 15 De Mayo De 1999

Decreto 856 de 1999 · por el cual se autoriza la denominación en Unidades de Valor Real Constante de los Títulos de Tesorería -TES- Clase B de que trata el artículo 4° del Decreto 2599 de 1998

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º. El valor en moneda legal colombiana de la UVR cambiará diariamente desde el día 16 de un determinado mes calendario hasta el día 15 del mes calendario inmediatamente posterior, con base en la variación mensual del índice de precios al consumidor certificada por el DANE para el mes previo al del inicio de su aplicación, de acuerdo con la siguiente fórmula:

Parágrafo

Fíjese en cien pesos ($100) moneda legal colombiana, el valor de la UVR el día 15 de mayo de 1999. A partir de este día, el valor en moneda legal colombiana de la UVR se modificará diariamente de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente artículo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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