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Article 13

Decreto 1762 de 1990 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 10 de 1990, en cuanto a la organización de los servicios de salud que se prestarán en los municipios del país.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El equipo mínimo que prestara los servicios del primer nivel de atención en el ámbito comunal estará conformado por

a)

Médico;

b)

Enfermero;

c)

Auxiliar de enfermería;

d)

Promotor de saneamiento;

e)

Promotor de salud;

f)

Auxiliar de higiene oral. El equipo anterior estará apoyado por otros agentes Institucionales en la medida de sus posibilidades, y por los agentes no institucionales, y será coordinado por uno de los profesionales de la salud.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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