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Article 9

Registro Extemporáneo

Decreto 2080 de 2000 · por el cual se expide el Régimen General de Inversiones de capital del exterior en Colombia y de capital colombiano en el exterior.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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º. Registro extemporáneo. Sin perjuicio de lo dispuesto por el Decreto-ley 1746 de 1991 y demás normas que lo sustituyen o complementen, los inversionistas de capital del exterior que no hayan registrado la inversión en los plazos establecidos, podrán hacerlo siempre que

a)

En el momento del ingreso de las divisas se haya declarado el capital del exterior como inversión extranjera;

b)

El capital del exterior se haya invertido efectivamente en el país.

Parágrafo

Sin perjuicio de las sanciones correspondientes, tratándose de entidades sometidas ala vigilancia de la Superintendencia Bancaria, en aquellos eventos en que las divisas no hayan sido declaradas como inversión extranjera, podrá obtenerse el registro correspondiente siempre y cuando se acredite en debida forma que las mismas fueron destinadas directa y exclusivamente a la adquisición primaria de participaciones, cuotas o acciones, así como bonos obligatoriamente convertibles en acciones de tales entidades. CAPITULO IV DERECHOS CAMBIARIOS Y OTRAS GARANTÍAS

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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