° Créase la Comisión Organizadora de la Reunión que estará integrada en la siguiente forma: El Ministro de Fomento, quien la presidirá, o su Delegado; El Ministro de Minas y Petróleos, o su Delegado; El Secretario de Asuntos Técnicos y Económicos de la Presidencia de la República, o su Delegado; El Subsecretario de Asuntos Económicos y Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores; El Gerente de la Empresa Siderúrgica Nacional de Paz de Río S. A.; El Gerente del Instituto de Fomento Industrial; Un Delegado de la Empresa Siderúrgica Nacional de Paz de Río S. A., experto en asuntos de hierro y acero.
Article 1
Créase La Comisión Organizadora De La Reunión Que Estará Integrada En La Siguiente Forma: El Ministro De Fomento, Quien La Presidirá, O Su Delegado; El Ministro De Minas Y Petróleos, O Su Delegado; El Secretario De Asuntos Técnicos Y Económicos De La Presidencia De La República, O Su Delegado; El Subsecretario De Asuntos Económicos Y Consulares Del Ministerio De Relaciones Exteriores; El Gerente De La Empresa Siderúrgica Nacional De Paz De Río S
Decreto 1741 de 1952 · Por el cual se crea la Comisión Organizadora de la Conferencia de Expertos de la Industria Siderúrgica en la América Latina y se dictan otras disposiciones
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.