No podrán ejercer la profesión de Técnico Electricista, quienes no posean la correspondiente matrícula expedida en la forma establecida en el presente Decreto.
Se exceptúan de lo establecido en el presente artículo los Ingenieros Electricistas.
Sentencia del Consejo de Estado SENTENCIA 2120 de 1992
Se exceptúan de lo establecido en el presente artículo los Ingenieros Electricistas. Vigente desde: 12/04/1991 y hasta el: 13/12/1992 IX. Disposiciones varias.