La coordinación de las políticas públicas de participación ciudadana estará a cargo del Ministerio del Interior, previo concepto del Consejo Nacional de Participación ciudadana, y con el apoyo del Departamento Nacional de Planeación en el orden nacional; y en el orden departamental y municipal por la Secretaría que para tal fin se designe.
En el caso de que no sea acogido el concepto del Consejo Nacional de Participación, el gobierno explicará las razones para no acoger dicho concepto y propondrá el mecanismo de discusión para debatir lo no acordado.