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Article 11.6.2

Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Debida diligencia en las operaciones y relaciones de negocios Las operaciones y relaciones de negocios de las Entidades Empresariales deberían ser ejecutadas y reportadas teniendo en consideración la realidad de las prácticas empresariales, así como los riesgos de sostenibilidad las Entidades Empresariales. Por lo tanto, se debería implementar un proceso de Debida Diligencia que una vez iniciado permita verificar la solidez, credibilidad y transparencia de la información presentada, teniendo en cuenta aspectos como el tipo de negocio, las operaciones realizadas, el tamaño de la empresa y las áreas geográficas en las que opera, entre otras características específicas. La realización de un proceso de Debida Diligencia efectiva requiere como mínimo los siguientes aspectos:  Evidencia de la evaluación y alcance de las actividades realizadas.  Acreditación de un adecuado sistema de gestión de riesgos que permita verificar y evaluar el impacto de las actividades de su modelo de negocio.  Seguimiento a la eficacia de las medidas, procesos y herramientas implementadas con el fin de prevenir, mitigar o reducir el impacto negativo que sucedió o pudiese llegar a suceder.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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