Comité Evaluador . Para el desarrollo del Banco de Exitos el Departamento Administrativo de la Función Pública conformará y designará mediante resolución un Comité Evaluador, cuyos miembros serán renovados anualmente. El número de sus integrantes no podrá ser menor de tres (3), ni superior a siete (7). El Comité estará conformado por personas de reconocida idoneidad y especializadas en las temáticas correspondientes a evaluar. En su integración pueden tenerse en cuenta la participación de profesores universitarios, empresarios, representantes de los gremios, representantes de los organismos internacionales, delegados de otros gobiernos y miembros de los organismos de control. CAPITULO III Funcionamiento
Decreto 921 de 2000 →In force
Article 10
Comité Evaluador
Decreto 921 de 2000 · por el cual se reglamenta la organización del Banco de Exitos de la Administración Pública y el otorgamiento del Premio Nacional de Alta Gerencia.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.