Vigencia del Programa de Enajenación. La vigencia del Programa de Enajenación contenido en el presente decreto será de un (1) año, contado a partir de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial . El Gobierno nacional podrá prorrogar el término del Programa de Enajenación hasta por un (1) año más en el evento en que ello sea conveniente para cumplir los propósitos y objetivos del mismo. Para la contabilización de los términos de esta vigencia, no se tendrá en cuenta el tiempo durante el cual el presente decreto o el proceso o actuación administrativa sea suspendido por decisión judicial, si ello llegare a suceder.
Decreto 1007 de 2016 →In force
Article 25
Decreto 1007 de 2016 · por el cual se aprueba el programa de enajenación de las acciones que el Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. (Bancoldex) y La Previsora S. A. Compañía de Seguros poseen en Segurexpo de Colombia S. A.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.