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Article 54

Funciones De La División De Registro Y Acreditación De Instituciones De Salud

Decreto 1292 de 1994 · por el cual se reestructura el Ministerio de Salud

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01

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Funciones de la División de Registro y Acreditación de Instituciones de salud. La División de Registro y Acreditación de instituciones cumplirá las siguientes funciones

1.

Desarrollar y mantener el registro actualizado de Acreditación de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, expedir certificaciones sobre ello y resolver sobre los recursos que se interpusieren si fuere menester.

2.

Desarrollar y proponer instrumentos para la evaluación de la calidad y la gestión de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de carácter público.

3.

Brindar asesoría jurídica y técnica a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, en lo concerniente a los procesos de la acreditación y certificaciones.

4.

Prestar asistencia técnica a los entes territoriales con la formulación de proyectos de inversión destinados a fortalecer las redes de servicios con respecto a la demanda de los mismos.

5.

Ofrecer a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud planes para el desarrollo y la inversión de estas buscando equilibrar las inversiones y demás recursos con las necesidades de la comunidad.

6.

Velar por el cumplimiento de las normas y requisitos para las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, en materia de arquitectura hospitalaria, seguridad industrial, dotación y recurso humano y prestar asistencia técnica en la materia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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