Uso de Equipos electrónicos por los testigos y observadores electorales . Los testigos y observadores electorales pueden entrar al puesto de votación con teléfonos celulares, equipos terminales móviles o elementos de grabación de voz o video. Sin embargo, no los pueden utilizar dentro del puesto de votación, los días 19 y 26 de octubre de 2025, entre las 8:00 a. m., y las 4:00 p. m. Una vez cerradas las votaciones, pueden utilizarlos sin restricción alguna y es responsabilidad de la organización electoral garantizar que los testigos ejerzan la vigilancia del proceso a través de las facultades otorgadas en la ley, para ello recibirán copia de las actas de escrutinio. Los testigos electorales no pueden hacer insinuación alguna a los electores, ni acompañarlos al cubículo de votación. Tampoco pueden manipular documentos electorales.
Article 14
Uso De Equipos Electrónicos Por Los Testigos Y Observadores Electorales
Decreto 1090 de 2025 · por el cual se dictan normas para la conservación del orden público durante el período de elecciones de Consejos Municipales y Locales de Juventud y consultas populares internas e interpartidistas, para la toma de decisiones de los partidos, movimientos políticos y/o grupos significativos de ciudadanos por realizarse el 19 y 26 de octubre de 2025, respectivamente, y se dictan otras disposiciones.
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Constitutional history
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