º. Modifícase la fecha del 1 de junio de 1999 fijada en el artículo 47 del Decreto 2041 por la de 31 de agosto de 1998 y, en consecuencia, el texto del citado artículo quedará así: "Artículo 47. Utilización de formularios de liquidación. Para facilitar los procedimientos y oportunidades de liquidación y pago de las contraprestaciones, los concesionarios deberán, cuando sea del caso, diligenciar los formularios especiales que para el efecto disponga el Ministerio de Comunicaciones. Antes del 31 de agosto de 1999, el Ministerio de Comunicaciones adoptará mediante resolución los formularios para la liquidación y el pago de las contraprestaciones previstas en este decreto. El Ministerio de Comunicaciones podrá introducir variaciones o modificaciones sobre los formularios que adopte en la medida que las necesidades así lo exijan. Dichas modificaciones también serán adoptadas mediante resolución".
Decreto 870 de 1999 →In force
Article 2
º
Decreto 870 de 1999 · por el cual se modifica el Decreto 2041 de 1998
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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