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Article 4

Decreto 2732 de 2000 · Por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a las distintas

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º . Vicecontralor. A partir del 1º de enero de 2000 y hasta la entrada en vigencia el Decreto 271 del 22 de febrero de 2000, de la asignación básica mensual que devengue el Vicecontralor grado 27, el cincuenta por ciento (50%) corresponde a gastos de representación. Además, tendrá derecho a percibir una prima de alta gestión equivalente a un millón seiscientos treinta y cuatro mil ciento veintinueve pesos ($1.634.129) m/cte. y una prima técnica equivalente a la suma de dos millones cuarenta y dos mil seiscientos sesenta y dos pesos ($2.042.662) m/cte.

Parágrafo

A partir de la entrada en vigencia del Decreto 271 del 22 de febrero de 2000, el Vicecontralor tendrá derecho a percibir una remuneración mensual de cuatro millones trescientos doce mil doscientos ochenta y cinco pesos m/cte ($4.312.285), de los cuales el 50% corresponde a Gastos de Representación. Además, tendrá derecho a percibir una prima de alta gestión equivalente a un millón seiscientos treinta y cuatro mil ciento veintinueve pesos m/cte ($1.634.129) y una prima técnica equivalente a la suma de dos millones cuarenta y dos mil seiscientos sesenta y dos pesos m/cte ($2.042.662). La prima técnica y de alta gestión de que trata este artículo no constituyen factor salarial para ningún efecto legal.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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