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Article 17

Decreto 205 de 2003 · por el cual se determinan los objetivos, la estructura orgánica y las funciones del Ministerio de la Protección Social y se dictan otras disposiciones.

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01

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Funciones de la Dirección General de Calidad de Servicios . La Dirección General de Calidad de Servicios tendrá las siguientes funciones

1.

Impulsar y coordinar el desarrollo del Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad de la atención de salud en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, y en las instituciones públicas, privadas o mixtas que lo integran, en coordinación con las entidades territoriales.

2.

Estudiar, proponer y velar por el cumplimiento de las normas sobre garantía de la calidad de la prestación de los servicios de salud y promoción social en sus componentes de habilitación, acreditación, auditoría e información para la calidad.

3.

Diseñar, asesorar y velar por la implementación de los procesos de acreditación de las instituciones prestadoras de salud, entidades promotoras de salud y entidades administradoras del régimen subsidiado y de promoción social.

4.

Diseñar, revisar y actualizar las normas técnicas e implantar políticas para el desarrollo adecuado, oportuno y eficiente de los servicios de salud y promoción social en temas como dotación, infraestructura, tecnología e insumos, entre otras.

5.

Coordinar y apoyar a las entidades territoriales en la evaluación, seguimiento y control de la gestión de las instituciones prestadoras de servicios de salud de la red pública.

6.

Impulsar a las entidades territoriales en la integración de las redes de servicio por nivel, especialidad y grado de complejidad.

7.

Asesorar y coordinar con las entidades territoriales lo relacionado con la asistencia técnica para la adecuada organización de los servicios de salud y promoción social.

8.

Propender por el fortalecimiento y mejoramiento de la gestión de las instituciones prestadoras de los servicios de salud de la red pública, en coordinación con las entidades territoriales.

9.

Impulsar y asesorar la realización de estudios sobre la oferta de servicios de salud y promoción social en coordinación con las entidades territoriales.

10.

Diseñar, revisar, actualizar las normas técnicas sobre los recursos de infraestructura, tecnología, recursos humanos e insumos de los servicios de salud y promoción social.

11.

Establecer en coordinación con la Dirección General de Salud Pública, los criterios, requisitos y estándares de intervención de obligatorio cumplimiento, para las personas naturales o jurídicas y las entidades públicas que desarrollan actividades de protección social en materia de riesgos de salud para garantizar la calidad, acreditación y la prestación de los servicios.

12.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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