JurídicoESEN

Article 11

Establécese La Siguiente Escala De Viáticos Para Los Empleados Públicos De La Rama Ejecutiva Del Orden Nacional Que Deban Cumplir Comisión De Servicios En El Interior Del País Y En El Exterior

Decreto 69 de 1983 · Por el cual se establecen las escalas de remuneración de los empleos de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas Especiales del orden nacional y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Establécese la siguiente escala de viáticos para los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del orden nacional que deban cumplir comisión de servicios en el interior del país y en el exterior. Remuneración mensual Viáticos diarios en pesos para comisiones en el país Viáticos diarios en dólares estadounidenses para comisiones en el exterior Hasta Hasta Hasta 12.500 1.250 85 De 12.501 a 24.900 2.100 95 De 24.901 a 47.700 3.000 155 De 47.701 a 70.400 3.650 235 De 70.401 a 91.500 4.250 250 De 91.501 a 121.000 4.900 270 De 121.001 en adelante 5.600 280 Las entidades a que se refiere el presente artículo, fijarán el valor de los viáticos según la remuneración mensual del funcionario comisionado, la naturaleza de los asuntos que le sean confiados y el lugar donde debe llevarse a cabo la labor hasta por las cantidades señaladas en el presente artículo Para determinar el valor de los viáticos, se tendrá en cuenta la asignación básica, los gastos de representación y los incrementos de salario por antigüedad. Dentro del territorio nacional sólo so reconocerán viáticos cuando el comisionado deba permanecer por lo menos un día completo en el lugar de la comisión, fuera de su sede habitual de trabajo. Cuando para el cumplimiento de las tareas asignadas no se requiera pernoctar en el lugar de la comisión, solo se reconocerá el cincuenta por ciento (50%) del valor fijado.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 69 de 1983