°. Los funcionarios de las Fuerzas Militares, de la Policía Nacional y del Departamento Administrativo de Seguridad, asignados con carácter permanente para la prestación del servicio a que se refieren los artículos 1° y 2° del presente Decreto, y mientras se mantengan en él, percibirán una bonificación especial equivalente al 30% de la asignación básica mensual. El pago de tal bonificación se hará con cargo al presupuesto de la entidad a la cual se encuentre vinculado el funcionario, y la misma no constituye factor salarial.
Article 4
Los Funcionarios De Las Fuerzas Militares, De La Policía Nacional Y Del Departamento Administrativo De Seguridad, Asignados Con Carácter Permanente Para La Prestación Del Servicio A Que Se Refieren Los Artículos 1° Y 2° Del Presente Decreto, Y Mientras Se Mantengan En Él, Percibirán Una Bonificación Especial Equivalente Al 30% De La Asignación Básica Mensual
Decreto 1700 de 2010 · por el cual se dictan unas disposiciones sobre protección y seguridad para los señores ex presidentes y ex vicepresidentes de la República.
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