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Article 5

El Soporte O Fundamento Técnico Del Avalúo De Los Bienes, Que Debe Ser Determinado Con Una Antelación No Mayor De Tres (3) Meses, A La Fecha De La Reunión En Que Se Aprobó El Avalúo, Puede Consistir En: A) Precios Fijados En Bolsas De Valores O A Falta De Éste El Valor Intrínseco; B) Precios Fijados En Bolsa De Productos

Decreto 1380 de 1990 · por el cual se reglamentan los artículos 126 y 132 del Código de Comercio.

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01

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° El soporte o fundamento técnico del avalúo de los bienes, que debe ser determinado con una antelación no mayor de tres (3) meses, a la fecha de la reunión en que se aprobó el avalúo, puede consistir en

a)

Precios fijados en bolsas de valores o a falta de éste el valor intrínseco;

b)

Precios fijados en bolsa de productos.

c)

Estudio de personas o firmas especializadas en la clase de bienes objeto del aporte;

d)

Facturas comerciales de compra-venta;

e)

Indicadores específicos de precio.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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