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Article 12

Decreto 1551 de 1978 · Por el cual se ponen en aplicación los Convenios contenidos en los Anexos I y II de la Decisión 40 de la Comision del Acuerdo de Cartagena.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Ganancias de capital. Las ganancias de capital solo podrán gravarse por el País Miembro en cuyo territorio estuvieren situados los bienes al momento de su venta con excepción de las obtenidas por enajenación de

a)

Naves aeronaves, autobuses y otros vehículos de transporte que solo serán gravables por el País Miembro en el cual estuvieren registrados al momento de la enajenación. y

b)

Títulos; acciones y otros valores que solo serán gravables por el País Miembro en cuyo territorio se hubiere emitido.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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