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Article 2.2.4.9.2.4

Artículo 2.2.4.9.2.4

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Giro de los recursos. Las Administradoras de Riesgos Laborales con valores de compensación a cargo deberán realizar el giro de los recursos, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, dentro del mes siguiente al registro contable, con base en los resultados a que se refiere el numeral 6° del artículo 2.2.4.9.2.3. del presente decreto.

Parágrafo

Los recursos de la compensación a favor se contabilizarán en la cuenta correspondiente a la reserva de siniestros ocurridos no avisados del ramo de Riesgos Laborales. Los recursos de la compensación a cargo se contabilizarán, de conformidad con las instrucciones que para tal efecto imparta la Superintendencia Financiera de Colombia, dentro de los ocho (8) días calendario siguientes a la expedición del Decreto por medio del cual se hace la presente modificación al Decreto número 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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