Los créditos adicionales destinados a pagar gastos ocasionados durante estado de sitio declarado por las causas previstas en el artículo 121 de la Constitución Nacional, para los cuales no se incluyó partida en el Presupuesto, serán abiertos conforme a las normas de los artículos anteriores, o en la forma que el Presidente de la República y el Consejo de Ministros decidan.
Article 80
Los Créditos Adicionales Destinados A Pagar Gastos Ocasionados Durante Estado De Sitio Declarado Por Las Causas Previstas En El Artículo 121 De La Constitución Nacional, Para Los Cuales No Se Incluyó Partida En El Presupuesto, Serán Abiertos Conforme A Las Normas De Los Artículos Anteriores, O En La Forma Que El Presidente De La República Y El Consejo De Ministros Decidan
Decreto 164 de 1950 · Por el cual se organiza el manejo del Presupuesto
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Constitutional history
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