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Article 4

º

Decreto 2216 de 2003 · por el cual se establecen los requisitos para la redefinición y el cambio de carácter académico de las instituciones técnicas profesionales y tecnológicas, públicas y privadas y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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º. Requisitos para el cambio de carácter académico . Además de los requisitos señalados en el artículo 15 de la Ley 749, las instituciones técnicas profesionales y tecnológicas, públicas o privadas, que decidan cambiar de carácter académico deberán cumplir con los siguientes requisitos

1.

Contar con los reglamentos estudiantil y docente, ajustados al carácter académico solicitado. El reglamento estudiantil deberá contener los criterios de movilidad interna y externa de los estudiantes.

2.

Tener definidas políticas y programas para la interacción con el entorno.

3.

El Plan de Desarrollo Institucional deberá incluir la proyección del desarrollo académico, investigativo, administrativo, económico y financiero de la institución.

4.

Contar con programas académicos acreditados voluntariamente.

Parágrafo 1

Los criterios de evaluación de los requisitos señalados en la Ley 749 de 2002 y en el presente reglamento, serán definidos por el Ministro de Educación Nacional, con el apoyo de las comunidades académicas. CAPITULO III Del procedimiento para la ratificación de la reforma estatutaria

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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