JurídicoESEN

Article 37

Las Nulidades, De Que Trata El Artículo Anterior Se Establecen En Relación Con La Masa De Los Acreedores Y Sólo Por Ella Puede Ejercerse; Pero No Pasan Contra Terceros De Buena Fe

Decreto 750 de 1940 · sobre quiebras

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Las nulidades, de que trata el artículo anterior se establecen en relación con la masa de los acreedores y sólo por ella puede ejercerse; pero no pasan contra terceros de buena fe. Quien contrató con el quebrado queda obligado por la declaración de nulidad a restituir a la masa lo recibido de manos del quebrado o su valor actual si lo hubiere enajenado o de alguna manera hubiere dispuesto de ello. Dicho contratante, se hubiere obrado de buena fe, tendrá derecho a participar en la quiebra sujeto a la ley del dividendo como los demás acreedores hasta el monto de la contraprestación que le hubiere dado al quebrado.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 750 de 1940