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Article 39

Los Giros Ordinarios Serán Expedidos En Esqueletos Especiales Suministrados Al Efecto Por El Servicio De Giros

Decreto 1092 de 1933 · Por el cual se reglamenta el servicio de giros postales del interior

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Los giros ordinarios serán expedidos en esqueletos especiales suministrados al efecto por el Servicio de Giros. Los libramientos tendrán impresa una numeración en serie continua e irán en talonarios con cinco fracciones así: talón, duplicado, principal y cupón de recibo, para que el primero quede en la oficina y sea firmado lo mismo que el duplicado, por el remitente o enterante; el duplicado se enviará como comprobante con la cuenta respectiva; el triplicado, firmado por el empleado del Servicio, se enviará a la oficina de destino como planilla de aviso el principal, sellado en la parte que lo separa del triplicado o planilla de aviso, de modo que el sello quede por mitad en los dos talones, se entregará al remitente o enterante junto con el cupón de recibo, una vez firmados por el Administrador de Correos.

02

Constitutional history

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