° Se expresará también en el contrato que en caso de que por cualquier causa legal, un extranjero llegue a adquirir en todo o en parte los derechos y obligaciones del contratista, o llegue a formar parte de la sociedad concesionaria, o en fin, llegue a tener interés en el contrato a título de socio o de comunero, dicho extranjero quedará sometido ipso facto no sólo a lo dispuesto en el artículo anterior sino también a la Ley 145 de 1888 "sobre extranjería y naturalización," y demás leyes que la adicionan y reforman. Publíquese.
Article 9
Se Expresará También En El Contrato Que En Caso De Que Por Cualquier Causa Legal, Un Extranjero Llegue A Adquirir En Todo O En Parte Los Derechos Y Obligaciones Del Contratista, O Llegue A Formar Parte De La Sociedad Concesionaria, O En Fin, Llegue A Tener Interés En El Contrato A Título De Socio O De Comunero, Dicho Extranjero Quedará Sometido Ipso Facto No Sólo A Lo Dispuesto En El Artículo Anterior Sino También A La Ley 145 De 1888 "sobre Extranjería Y Naturalización," Y Demás Leyes Que La Adicionan Y Reforman
Decreto 640 de 1923 · Por el cual se reglamenta la Ley 14 de 19123
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.