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Article 4

Ley 2462 de 2025 · por medio de la cual se modifica la ley 731 de 2002 y se adoptan medidas afirmativas, con el fin de garantizar la igualdad de oportunidades de las mujeres rurales, campesinas y de la pesca; y se dictan otras disposiciones.

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Adiciónese un Artículo Nuevo 2A a la Ley 731 de 2002 , el cual quedará así:

Artículo 2A. Serán principios, fines y enfoques de la presente ley

los siguientes:

Principios

a)

Participación.

b)

Autonomía y autodeterminación.

c)

Igualdad de Oportunidades.

d)

Sostenibilidad.

e)

Progresividad y no regresividad.

f)

Articulación, corresponsabilidad y coordinación interinstitucional.

g)

Solidaridad.

h)

Diversidad cultural.

Fines

1.

Respeto de los saberes y los conocimientos tradicionales de las mujeres rurales, campesinas y de la pesca.

2.

Reconocer y visibilizar los aportes de la mujer rural, campesina y de la pesca como agente transformadora en la economía familiar, la agricultura y economía nacional.

3.

Reconocer, redistribuir y reducir la carga de trabajo doméstico y de cuidados no remunerados de las mujeres rurales, campesinas y de la pesca.

4.

Promover el desarrollo rural eficaz, inclusivo, sostenible y resiliente.

5.

Garantizar el acceso integral a recursos productivos y financie- ros para las mujeres rurales, campesinas y de la pesca.

6.

Promover la autonomía económica de las mujeres rurales, campesinas y de la pesca.

7.

Fomentar alianzas sostenibles y sustentables con los sectores público y privado para inclusión financiera y productiva e ingreso a mercados nacionales e internacionales de las mujeres rurales, campesinas y de la pesca.

8.

Reconocer, incluir y promover la labor de las mujeres rurales, campesinas y de la pesca en el cuidado de los ecosistemas, la mitigación de los efectos del cambio climático y la transición energética.

9.

Promover el trabajo digno y decente para las mujeres rurales, campesinas y de la pesca.

10.

Fortalecer el acceso al sistema de salud y seguridad social para garantizar el bienestar de las mujeres rurales, campesinas y de la pesca.

11.

Fortalecer y garantizar la participación incidente de las mujeres rurales, campesinas y de la pesca a través del diálogo social en instancias de decisión a nivel del Gobierno nacional, Departa- mental y Municipal.

12.

Fortalecer, promover y proteger las organizaciones de mujeres rurales, campesinas y de la pesca implementando estrategias dirigidas a garantizar la protección de las vidas campesinas y de la pesca y sus dimensiones tales como territorial, productiva, organizativa y cultural.

13.

Garantizar la igualdad de trato y la eliminación de cualquier discriminación, directa o indirecta contra las mujeres rurales, campesinas y de la pesca en todas las esferas de la vida.

14.

Invertir en bienes públicos, infraestructura, transferencias tecnológicas, acceso a la información inclusiva y transparente, y servicios sociales integrales dirigidos a mujeres rurales, campesinas y de la pesca, de acuerdo con las reglamentaciones que deben ser adelantadas para cada asignación de recursos propuesto en esta ley.

15.

Fortalecer la generación y el acceso a la información estadística e indicadores específicos y diferenciales de mujer rural, campesina y de la pesca.

16.

Fortalecer la prevención y atención de las mujeres rurales, campesinas y de la pesca víctimas de violencia basadas en género.

Enfoques

1.

Enfoque territorial.

2.

Enfoque de equidad para la mujer.

3.

Enfoque de derechos humanos de las mujeres rurales.

4.

Enfoque Interseccional y diferencial.

5.

Enfoque campesinado.

6.

Enfoque curso de vida.

7.

Enfoque de discapacidad.

8.

Enfoque contra todas las formas de discriminación y étnico- racial.

9.

Enfoque ambiental.

10.

Enfoque de cuidado.

11.

Enfoque del cierre de brechas y protección a población vulnerable.

12.

Enfoque diferencial étnico.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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