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Article 17

Ley 27 de 1949 · Por la cual se conmemoran los primeros cincuenta años continuos de haber nacido a la vida jurídica del país el Departamento del Atlántico, se dan unas autorizaciones y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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Modificase el artículo 3.° de la Ley 14 de 1944 en el sentido de que el producto del impuesto de que habla dicha Ley, se aplicará por los Municipios que hagan uso de ella, así:

El cincuenta por ciento (50%) para la construcción y embellecimiento de parques, especialmente infantiles, y a la arborización y embellecimiento de calles, plazas avenidas y demás vías públicas de las ciudades, y el otro cincuenta por ciento (50%) para el desarrollo e incremento de la vivienda obrera.

Los Municipios formarán un fondo especial, destinado solamente a los fines indicados en este artículo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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